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Accede al Nuevo Bono Alimentario en Perú

Reclama el nuevo bono alimentario este 2023

Como funciona este bono

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¡Se seguirán emitiendo cupones del bono alimentario para 2024 a todos los destinatarios! Al 31 de diciembre del 2024, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) anunció a través de sus canales oficiales que los beneficiarios de este nuevo subsidio del Gobierno Peruano ya pueden consultar si debieron recibir el subsidio correspondiente de 270 soles a partir de esta fecha. Para que sepas dónde, cómo y cuándo solicitar este apoyo económico, te hemos brindado todos los detalles para que puedas acceder a este bono, que beneficiará a más de 4 millones de peruanos.

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La asistencia financiera beneficiará a las familias que viven en la pobreza y la pobreza extrema.

¿Cuál es el proceso para postularme?

Midis anunció el enlace oficial del Bono Alimentos a través de sus medios oficiales. Consulte el siguiente enlace para obtener más información sobre cómo negociar con DNI.

¿Como consulto mi estado de beneficiario?

Además de la plataforma Midis, que estará operativa a partir del lunes 31 de octubre de 2024, los beneficiarios de cupones de alimentos pueden llamar al número gratuito 101 para obtener más información. El canal está abierto de lunes a sábado de 8:30 am a 5:30 pm. arroz. a las 17:30 horas, incluidos festivos y no laborables.

El Midis confirmó la lista de categorías de beneficiarios para recibir el monto autorizado de 270 soles. A principios de octubre, la Resolución Ministerial N° 150 aprobó el registro de las emisiones de cupones para alimentos que cumplan con los criterios de elegibilidad.

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¿Cuándo se empiezan a entregar los bonos alimentarios?

Como esperábamos, a partir del lunes 31 de octubre, el Midis anunció que la plataforma para consultar la disponibilidad de 270 Vales Únicos de Supermercado ya está disponible y seguirá estando disponible hasta el 2025.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

La ayuda económica única para 270 personas es excepcional y por una sola vez beneficia aproximadamente a 4.200.000 personas mayores de edad. Así lo confirmó la ministra del Midis, Dina Baluarte, en rueda de prensa el miércoles 2 de noviembre, en la que también anunció el inicio del proceso de pago a cuatro bandas.

Categorías creadas para beneficiarios de cupones de alimentos relacionadas con métodos de pago y acceso a cuentas bancarias

En este sentido, el Grupo 2 está formado por ciudadanos que viven en barrios urbanos remotos a los que es difícil llegar desde los centros financieros.

La mayoría de las personas que conforman este grupo prioritario viven en la sierra andina y la selva peruana y son atendidos por la plataforma estacionaria Tambos del programa nacional PAIS.

Otros grupos que pueden ser beneficiarios

Los subsidios de cupones de alimentos se pagan a través de depósitos en cuentas bancarias, billeteras digitales, carritos de pago y directamente en ventanillas del Banco de la Nación (BN). Los beneficiarios se agrupan por estos métodos de pago de la siguiente manera:

Grupo 1: Desde el 11 de noviembre de a la fecha, los beneficiarios del Bono Alimentación comenzaron a recibir 270 soles en sus cuentas bancarias o en billeteras digitales como Yape, Tunki y Agora.

Grupo 3: Siempre que los beneficiarios de este grupo reciban cupones de alimentos en las ventanillas del BN a nivel nacional. Los pagos están disponibles para personas que no tienen cuenta bancaria o línea celular establecida y deben llamar al 101 para recibir instrucciones.

Grupo 4: A partir del 24 de noviembre, al grupo beneficiario se le cobrarán 270 soles a la billetera digital que crearon y abrieron. Este enfoque también se dirige a las personas mayores que no tienen cuentas bancarias.

 

Quienes se excluyen

Información compartida por Midis también destaca que el pago de cupones de alimentos no aplica para ciudadanos que desempeñen funciones u oficinas públicas.

Perderán el acceso al 270 sole, una base de datos de declaraciones juradas de autoridades y servidores públicos a cargo de la Contraloría de la República.

Asimismo, esta restricción se aplica a diputados, alcaldes regionales o provinciales, regidores, gobernadores, etc.

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